¿SABÉIS HASTA QUÉ HORA PODÍAN PROLONGARSE LAS FIESTAS EN LAS CALLE DE LLANES Y CONCEJO SEGÚN SUS ORDENANZAS DE 1877?

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Volvemos de nuevo a las Ordenanzas Municipales de la Villa y término municipal de Llanes del año 1877, para detenernos en su articulo 13, que recoge:

“Los bailes, danzas y demás diversiones públicas que se celebren al aire libre en las calles, plazas, plazuelas y otros sitios análogos, no podrán prolongarse bajo ningún pretexto ni motivo hasta más de las 12 de la noche en los meses de julio y agosto en esta villa y sus arrabales; en los restantes meses del año durarán hasta las11 de la noche.

Después de las horas señaladas, cualquier demostración que pueda molestar al vecindario caerá bajo la prescripción de este  artículo, y los contraventores serán castigados con multa, sin perjuicio de que al alcalde o sus agentes procedan a disolver cualquiera fiesta, baile, danza o parranda, siempre que los invitados a retirarse insistieren en no hacerlo o dieren lugar a ello”.

De aquellas, tenían la clave para conseguir el difícil equilibrio entre los que quieren divertirse y los que quieren descansar. 

 

Imagen, Valentín Orejas

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