Más de una vez hemos escrito sobre el carácter y rasgos distintivos de los mareantes de Llanes que, avezados a las amenazas de las olas, nunca claudicaron ante los poderosos.
Un ejemplo de ese temperamento nos lo ofrece uno de nuestros escritores clásicos, Vicente Pedregal Galguera:
“En el año 1448 acaeció un suceso que conmovió profundamente al vecindario. Fue con ocasión de la elección de beneficiados para la parroquia. Tenía ésta doce, reducidos, después a ocho, y generalmente optaban a ellos los segundones de casas hidalgas, que comenzaban sus estudios a beneficio del cargo hasta ordenarse y ocupar una de las plazas en el Cabildo parroquial, que atendía la cura de almas, no solo en la villa sino en un porción de pueblos separados algunos de ellos por muchos kilómetros, como Purón, Andrín, La Galguera, La Pereda, etc. Pero veníase repitiendo con frecuencia que los nombrados, aunque disfrutaban de sus congruas y diezmos, ni estudiaban ni residían, ni se ordenaban in sacris. Otros, después de ordenados no asistían el cargo y residían fuera de la jurisdicción.
Hubo reiteradas reclamaciones, pero el estado de cosas no variase, se produjo aquel año, al hacer la elección para una vacante, tal tumulto que hubo que lamentar la muerte de un feligrés y heridas de unos y otros en refriega que se promovió. Para dar término a esos abusos y tranquilizar los espíritus, se firmó, a instancia del gremio de mareantes, una Concordia, en la que clérigos, jueces, rexidores, feligreses y los propios mareantes puntualizaron las obligaciones, deberes y derechos, fijando normas y compromisos a seguir”.
Imagen, “El Oriente de Asturias”
0 comentarios