GUARDANDO LA MORAL, EL PUDOR Y LAS BUENAS COSTUMBRES

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Los baños en las playas de la villa no siempre fueron mixtos. Las Ordenanzas Municipales de 1877, además de señalar que la temporada de baños comenzaba a primeros de julio y terminaba el 8 de septiembre, recogía que para guardar convenientemente la moral, el pudor y las buenas costumbres, se prohibía terminantemente que se bañaran juntos hombre y mujeres, aun cuando fueran totalmente vestidos.

Así, se designaba  al Sablín y Puerto Chico para baños exclusivos de mujeres, y el Sablón y Toró para los hombres, sin que por ningún pretexto ni motivo se consintiera alteración alguna sobre este particular.

Añadiendo que durante la temporada de baños, los hombres no podían pasar por el camino de San Antón y sitios próximos a los baños señalados para las mujeres antes de las dos de la tarde. Se exceptuaba de esta regla el farero para ir y venir del faro, sin detenerse, y los que se presentaran en el muelle de Santiago y Merlón, con el único fin de prestar su auxilio personal durante la entrada y salida de los buques.

Por su parte las mujeres no podían pasar ni aproximarse a los sitios adyacentes señalados para los baños de los hombres, desde las nueve de la mañana a las dos de la tarde.

Asimismo, nadie podía bañarse en esas playas, ni en el río Carrocedo, ni en el Riveru, sin guardar todas las conveniencias que prescriben el pudor y la honestidad.

 

Maiche Perela Beaumont

Imagen, Valentín Orejas

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